Condiciones generales de venta

1. Definiciones

1.1. “FITÓ”: se refiere a SEMILLAS FITÓ, SAU, mercantil de nacionalidad española domiciliada en Barcelona 08019, calle Selva de Mar, nº 111, y provista de NIF A-08.469.215.

1.2. “Comprador”: se refiere a la persona física o jurídica que adquiera a FITÓ cualquiera de sus Productos.

1.3. “Contrato” se entenderá las presentes Condiciones Generales de Venta conjuntamente con cualquier orden de compra extendida por el Comprador u Oferta que materialice la venta de Productos por parte de FITÓ, o cualquier anexo a las mismas.

1.4. “Productos”: se refiere a las semillas y el material de plantación de la División Hortícolas de FITÓ que sean objeto del Contrato.

1.5. “Partes”: se refiere conjuntamente a FITÓ y el Comprador.

1.6. “Lista de Precios”: se refiere a la relación de precios de venta de los Productos que FITÓ publica y distribuye periódicamente, y sobre los que FITÓ se reserva el derecho a modificar en cualquier momento en los términos previstos en la condición 3.3 del presente documento.

1.7. “Oferta”: se refiere a las condiciones particulares de venta ofrecidas por FITÓ a un Comprador a las que le serán también de aplicación las presentes Condiciones Generales de Venta, prevaleciendo aquellas sobre estas en caso de contradicción, salvo que expresamente se estipule lo contrario.

2. Ámbito de aplicación de las presentes Condiciones Generales de Venta

2.1. Las presentes Condiciones Generales de Venta (“CGV”), que el Comprador declara conocer, son aplicables a todas las operaciones de venta sobre los Productos que formalice FITÓ con un Comprador, formando parte integrante de todos los contratos que se perfeccionen entre las Partes, salvo en aquellos supuestos en que expresamente se especifique por escrito lo contrario. El establecimiento de condiciones particulares o distintas de las presentes CGV exigirá, en todo caso, un acuerdo expreso y por escrito entre las Partes prevaleciendo, en este caso, dicho acuerdo sobre las presentes CGV, salvo que expresamente se disponga lo contrario.

2.2. Las presentes CGV sustituyen y dejan sin efecto todas las anteriores condiciones generales de venta publicadas o aplicadas por FITÓ.

2.3. Queda expresamente excluida la aplicación de las condiciones generales de compra o de contratación del Comprador, si las hubiera.

2.4. La realización de cualquier pedido de compra o la aceptación de cualquier Oferta por parte del Comprador implica la aceptación plena y sin reservas por parte del mismo y la validez, de todos y cada uno de los términos de estas CGV, que se considerarán automática y válidamente incorporadas al Contrato de compraventa de los Productos, del que formarán parte inseparable, sin que sea necesario su trascripción escrita en el mismo.

3. Precios

3.1. Los precios aplicados serán los vigentes en el momento de la compra, según tarifa establecida por FITÓ. Todos los precios incluidos en la Lista de Precios, o aquellos que FITÓ pueda ofrecer al margen de la misma, están fijados en Euros y no incluyen IVA u otros impuestos que resultasen de aplicación, ni los gastos de seguro de los Productos, que serán, en su caso, debidamente desglosados en la factura que FITÓ emita al Comprador.

3.2. Con carácter general, los gastos de transporte están incluidos en los precios que aparecen en la Lista de Precios, a excepción de aquellas compras con entrega en España por importe inferior a 600 €, en cuyo caso serán facturados por FITÓ al Comprador de forma independiente.

3.3. FITÓ se reserva el derecho a modificar la Lista de Precios en cualquier momento y sin previo aviso, resultando aplicable en cada caso la última que se hubiese publicado o entregado en el momento de perfeccionarse el Contrato.

4. Ofertas y órdenes de pedido

4.1. El Comprador podrá formular sus pedidos por vía telefónica o a través de los representantes de ventas de FITÓ.

4.2. Sin perjuicio de cualesquiera otras circunstancias recogidas en las presentes CGV que puedan impedir la formalización del Contrato, se entenderá que el Contrato de compraventa de los Productos ha quedado formalizado en el momento en que FITÓ reciba del Comprador bien la aceptación de su Oferta, bien una orden de pedido propia, salvo que en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a contar desde la recepción de la orden de pedido, FITÓ la rechazara expresamente comunicándolo por cualquier medio oral o escrito que asegure la recepción de dicha notificación al Comprador. Cualquier modificación que el Comprador desee hacer sobre un pedido deberá solicitarse por escrito, expresando la causa que la justifique. FITÓ tendrá la facultad discrecional de aprobar o rechazar dicha modificación.

4.3. Si se observa la voluntad de no efectuar el pago, o en caso de liquidación, quiebra o concurso de acreedores por parte del Comprador, FITÓ podrá interrumpir o suspender la expedición o suministro de los pedidos pendientes o en curso, o cualquier acuerdo con el Comprador, y reclamar judicial y extrajudicialmente el pago de los importes correspondientes que, en su caso, ya se hubieran entregado. Las reclamaciones que, en su caso, pueda efectuar FITÓ no serán en ningún caso causa que justifique el retraso o la negativa de pago por parte del Comprador a FITÓ.

5. Entrega

5.1. FITÓ entregará los Productos al Comprador dentro de un plazo razonable desde la formalización del Contrato de compraventa, sujeto a la disponibilidad de los mismos y de la temporada agrícola. En dicho sentido, los plazos de entrega acordados entre las Partes tienen un valor orientativo y no pueden ser considerados como fechas definitivas e inamovibles, por lo que un retraso en las fechas de entrega inicialmente previstas no se entenderá como incumplimiento contractual por parte de FITÓ, por lo que no implicará para el Comprador derecho a compensación alguna ni a resolución del Contrato.

5.2. La entrega de los Productos podrá realizarse de forma fraccionada, atendiendo a la disponibilidad de los mismos, en cuyo caso serán facturados por parte de FITÓ de forma también fraccionada.

5.3. La entrega de los Productos queda supeditada a la efectiva disponibilidad de suministro de FITÓ. En caso de no poder suministrar parte o la totalidad de los Productos solicitados por el Comprador por falta de existencias, FITÓ entregará y facturará aquellos de los que disponga, en su caso, sin necesidad de previa consulta al Comprador, salvo disposición expresa contraria en el momento de formalizar el Contrato de compraventa. El Comprador no tendrá derecho a exigir a FITÓ, con motivo de esa circunstancia, ninguna clase de responsabilidad por daños y perjuicios.

5.4. Se presumirán recibidos por el Comprador los Productos cuando se acredite la entrega de los mismos en los lugares de destino indicados en cada pedido. Cualquier demora en la entrega de la mercancía será comunicada por el Comprador a FITÓ tan pronto como sea posible.

6. Facturación y pago

6.1. En el momento de la entrega de los Productos FITÓ entregará la factura correspondiente a los mismos, con el desglose de IVA y, en su caso, los costes adicionales derivados de dicha entrega.

6.2. El pago de las facturas se realizará a los sesenta (60) días naturales siguientes a la fecha de la factura mediante recibo domiciliado en la cuenta bancaria a tal efecto facilitada por el Comprador, salvo que expresamente las Partes convengan el pago mediante transferencia bancaria a la cuenta titularidad de FITÓ, que en todo caso deberá realizarse dentro del plazo de los sesenta (60) días naturales siguientes a la fecha de la factura.

6.3. No obstante lo anterior, aquellos Compradores que contraten con FITÓ por primera vez recibirán la factura correspondiente antes de la entrega de los Productos y deberán abonar el importe íntegro de la misma con carácter previo al envío de los Productos. En tales supuestos, FITÓ no tramitará ningún envío hasta que el Comprador no haya abonado la totalidad del importe de la factura, sin que el retraso que por este motivo pudiera producirse respecto del plazo de entrega inicialmente previsto pueda considerarse imputable a FITÓ.

6.4. Los pagos fuera del vencimiento por parte del Comprador obligarán a éste último a pagar a FITÓ, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, un interés mensual equivalente al interés legal del dinero, siendo a cargo del Comprador los gastos financieros y bancarios que, en su caso, se produzcan a consecuencia de la demora. El pago de los referidos intereses no liberará al Comprador de la obligación de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas.

6.5. En caso de acordarse por las Partes el pago aplazado de la factura, el incumplimiento o retraso en el pago de cualquiera de los plazos convenidos conllevará el vencimiento anticipado de todos los restantes, siendo de aplicación lo dispuesto en la cláusula anterior.

6.6. Ante el incumplimiento de las obligaciones de pago contraídas por el Comprador, FITÓ tiene derecho a resolver el Contrato de compraventa, total o parcialmente, con el resarcimiento de daños y abono de intereses correspondientes.

6.7. En ningún caso el Comprador tiene derecho a deducir o compensar, ni total ni parcialmente, el importe de las facturas emitidas por FITÓ.

7. Devoluciones

7.1. FITÓ no acepta devoluciones de los Productos entregados, salvo que expresamente se haya acordado lo contrario o en los supuestos en que concurran defectos aparentes u ocultos de los Productos y tales defectos hayan sido comunicados a FITÓ conforme a lo dispuesto en la condición 16, y ésta haya constatado la existencia de los vicios o defectos y la imputabilidad de los mismos a FITÓ.

7.2. Las devoluciones o envíos a las instalaciones de FITÓ, ya sea para su sustitución o abono, deberán hacerse siempre por el Comprador a portes pagados. No obstante lo anterior, si finalmente se demuestra que el vicio o defecto es imputable a FITÓ, ésta reembolsará los costes del porte al Comprador.

8. Reserva de propiedad y reventa

8.1. FITÓ conservará la propiedad de los Productos entregados al Comprador hasta que este haya satisfecho íntegramente el importe de la factura correspondiente a los mismos, incluidos los gastos adicionales e intereses que, en su caso, se devenguen.

8.2. A tal efecto, los Productos sujetos a reserva de propiedad deberán ser almacenados o utilizados por el Comprador de tal forma que se garantice la calidad de los mismos, permitiendo asimismo que sean identificados como propiedad de FITÓ.

8.3. Los Productos sujetos a reserva de propiedad no podrán ser pignorados o entregados como garantía frente a terceros sin el previo y expreso consentimiento de FITÓ.

8.4. En el conjunto de su actividad, el Comprador está autorizado a revender los Productos en puntos de venta físicos, quedando expresamente prohibida la exportación y los canales de venta online. En el caso de reventa, el primer adquiriente se compromete expresamente a pagar inmediatamente el saldo del precio de venta que adeude a FITÓ.

9. Reserva de cosecha y cultivo

Todas las Ofertas y órdenes de pedido están condicionadas a la disponibilidad de semillas y material de plantación en cada momento. En consecuencia, FITÓ se reserva la posibilidad de prorratear o dividir proporcionalmente las semillas y el material de plantación solicitado por el Comprador, en función de su disponibilidad, sin que ello dé derecho a compensación o indemnización alguna a favor del Comprador.

10. Información sobre los Productos, uso y garantía

10.1. Todas las ilustraciones, catálogos y declaraciones que FITÓ proporciona sobre la calidad, composición, peso, medidas, aplicaciones, propiedades y tratamiento, en el sentido más amplio, de los Productos se corresponden de la forma más cercana posible a los ensayos y experiencias prácticas de FITÓ. En dicho sentido, el Comprador asume que la información facilitada por FITÓ en relación con la calidad de los Productos (viabilidad, germinación, pureza mecánica o genética y salud de la semilla) y los resultados obtenidos de los mismos se refiere únicamente a los ensayos realizados por FITÓ en una muestra determinada de semillas y bajo unas condiciones concretas, por lo que dicha información no constituye, en ningún caso, garantía expresa o tácita de los mismos.

10.2. El Comprador acepta y reconoce que los resultados que obtenga de los Productos dependerán de factores tales como el lugar de cultivo, las condiciones previas y coetáneas a éste, entre las que se incluyen la forma de almacenaje de los mismos, el clima, la tierra y los métodos de protección del cultivo empleados por el Comprador. A tal efecto, el Comprador será el único responsable de determinar la idoneidad y adecuación del uso de los Productos en diferentes circunstancias y con diferentes objetivos, exonerando de cualquier responsabilidad a FITÓ por la obtención de resultados distintos a la información suministrada.

10.3. FITÓ no asume ninguna responsabilidad frente al Comprador respecto de los Productos que hayan sido tratados, condicionados o manipulados por el Comprador o un tercero.

10.4. El Comprador no utilizará los Productos con ninguna finalidad que no sea el cultivo de semillas para el consumo animal o humano o bien la reventa de los mismos en los términos recogidos en el Contrato.

10.5. El Comprador garantizará que cualquier persona que manipule o reciba los Productos en su nombre lo hará con pleno respecto a las presentes CGV.

10.6. El Comprador se compromete a permitir y cooperar con FITÓ en la inspección que ésta lleve a cabo a fin de verificar el cumplimiento de las presentes CGV, facilitando el acceso y la inspección de personal designado por FITÓ a las instalaciones del Comprador y colaborando activamente en la defensa de los intereses de FITÓ en caso de que un tercero vulnere sus derechos.

11. Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial

11.1. FITÓ conservará en todo momento la totalidad de los derechos de propiedad intelectual relacionados con los Productos, careciendo el Comprador de cualquiera de ellos. La formalización del Contrato de compraventa no implica, en ningún caso, la concesión de ningún derecho de propiedad intelectual o industrial relacionado con los Productos.

11.2. El Comprador no utilizará ninguna marca, nombre comercial o signo distintivo titularidad de FITÓ sin el previo consentimiento expreso de ésta, ni utilizará marcas, nombres comerciales o signos distintivos propios que no resulten claramente diferenciables de los de FITÓ.

11.3. El Comprador no registrará ninguna marca, nombre comercial o signo distintivo similar a los que son titularidad de FITÓ que pudiera dar lugar a confusión sobre los mismos.

12. Derechos del obtentor

12.1. El Comprador deberá observar las restricciones y limitaciones establecidas sobre los Productos por el Convenio de la UPOV (Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales), así como las correspondientes implementaciones nacionales que quedan incorporadas al presente Contrato y, si procede, el Reglamento del Consejo nº 2100/94 de 27 de julio de 1994 (y sus ulteriores modificaciones) relativo a los derechos comunitarios sobre las variedades vegetales, que queda también incorporado al presente Contrato.

12.2. Los Productos procedentes de variedades protegidas por los derechos de obtentor, incluyendo la protección de obtenciones vegetales o derechos de PVP (Plant Variety Protection), solicitados en la Comunidad Europea y/o cualquier otro país, o por contrato (“Productos Protegidos”), no deben ser usados para la multiplicación de semillas, la multiplicación vegetativa o el comercio sin el previo consentimiento escrito de FITÓ. Dicho consentimiento podrá quedar sujeto a determinadas condiciones de producción de semillas o reproducción (propagación) vegetativa, preparaciones con el propósito de propagación, la venta, la entrega, la exportación, la importación y/o el almacenamiento.

12.3. Los Productos Protegidos únicamente podrán ser utilizados para el cultivo de productos finales y/o otros productos terminados dentro del recinto del Comprador.

12.4. El Comprador se compromete a permitir que FITÓ, o un tercero designado por ésta, pueda acceder a sus dependencias (incluyendo de forma expresa sus invernaderos), así como a su contabilidad relevante, al objeto de llevar a cabo las tareas de inspección que resulten necesarias para verificar el cumplimiento de las presentes condiciones, Dicha inspección podrá afectar igualmente a los clientes del Comprador, por lo que corresponderá a éste adoptar las medidas necesarias para que la misma posible.

12.5. Los productos terminados resultantes de la utilización de los Productos Protegidos deberán ser comercializados por el Comprador bajo la misma denominación de variedad registrada por FITÓ.

12.6. En caso de que el Comprador detecte una mutación en la variedad protegida, deberá ponerlo en conocimiento de FITÓ con la máxima celeridad posible. Cuando FITÓ lo solicite por escrito, el Comprador le proporcionará pruebas y material procedente de la mutación en un plazo máximo de dos (2) meses desde la recepción de la solicitud.

12.7. El Comprador reconoce expresamente que es necesario el consentimiento de FITÓ para poder llevar a cabo cualquier tipo de explotación de cualquier mutación de la variedad original, incluyendo, a modo enunciativo y no limitativo, la producción o reproducción (propagación), la preparación con el propósito de propagación, venta, entrega, la exportación o importación y su almacenamiento con alguno de los fines anteriores.

13. Responsabilidad

13.1. FITÓ no asume ninguna responsabilidad por cualquier daño, directo o indirecto, que pueda sufrir el Comprador o cualquier tercero como consecuencia, a título enunciativo y no limitativo, del uso, empleo, aplicación, almacenamiento, transporte, modificaciones o alteraciones de los Productos, lucro cesante, pérdida de ingresos, costes de inactividad ni, en general, de pérdidas de cualquier clase que pudiera sufrir el Comprador derivadas de la no entrega o de la entrega defectuosa de los Productos, ni en supuestos de caso fortuito o Fuerza Mayor. En su caso, la eventual responsabilidad que pudiera derivarse a FITÓ por los daños causados por los Productos quedaría en todo caso limitada al importe facturado al Comprador por tales Productos, comprometiéndose el Comprador a no solicitar una responsabilidad superior.

13.2. La limitación de responsabilidad contenida en la presente cláusula prevalecerá sobre cualquier otra contenida en cualquier otro documento contractual que sea contradictoria o incongruente con la misma, salvo que tal previsión limite en mayor medida la responsabilidad de FITÓ.

13.3. El Comprador exonerará de responsabilidad a FITÓ frente a todas y cada una de las reclamaciones de terceros con motivo de los daños provocados por o relacionados con cualquiera de los Productos.

14. Fuerza Mayor

14.1. Fitó no será responsable frente al Comprador en modo alguno, ni se considerará que ha incumplido el Contrato, por la demora en el cumplimiento o por el incumplimiento de sus obligaciones si dicha demora o incumplimiento se deben o derivan de un supuesto de Fuerza Mayor.

14.2. En caso de Fuerza Mayor, y sin que sea necesaria intervención judicial, FITÓ podrá suspender total o parcialmente la ejecución del Contrato de compraventa, o si el evento de Fuerza Mayor persistiera durante un plazo de dos (2) meses, cualquiera de las Partes podrá resolverlo total o parcialmente, sin obligación de compensar o indemnizar por ello a la otra.

14.3. Por Fuerza Mayor se entiende cualquier circunstancia que no pudiera preverse de forma razonable y/o en que FITÓ no pudiera intervenir y como resultado de la cual resultara imposible o llegara a frustrarse la totalidad o parte de la entrega de los Productos por parte de FITÓ. A tal efecto, quedan incluidos en esta definición de Fuerza Mayor los supuestos de guerra, riesgo de guerra, pandemias, disturbios, inundaciones, daños causados por agua, gas o fuego, dificultades de transporte, complicaciones técnicas imprevistas, averías, huelgas en FITÓ o por parte del personal de cualquier tercero con el que FITÓ hubiera contratado, bloqueo, prohibiciones de importación o exportación, embargos o confiscaciones parciales de stock de FITÓ o sus proveedores por autoridades civiles o militares, falta de capacidad de transporte, incumplimiento o retraso en la entrega por parte de los proveedores de FITÓ, averías de maquinaria, destrucción y otras paralizaciones que pudieran tener lugar en FITÓ o sus proveedores, así como la falta de medios como resultado de la cual sea imposible o se frustre total o parcialmente la entrega.

14.4. Asimismo, se entiende Fuerza Mayor cualquier circunstancia habitual relacionada con la cosecha o el procedimiento de ésta que dé lugar a reservas en el sector de las semillas, lo que facultará a FITÓ para realizar entregas parciales al Comprador, sin perjuicio de los derechos previstos anteriormente en esta misma condición 14.

15. Envases

15.1. Los Productos son envasados por FITÓ en su propio envase, corriendo a cargo del Comprador los gastos de dicho envasado. Los gastos asociados a cada Producto se encuentran debidamente detallados en la Lista de Precios.

15.2. El Comprador, como poseedor final de los envases, será el responsable de su entrega para su correcta gestión ambiental, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de residuos de envases.

16. Reclamaciones

16.1. El Comprador deberá examinar los Productos en el momento en que se realice la entrega de los mismos, verificando la corrección de los artículos y las cantidades entregadas, así como que cumplen con la calidad convenida entre las Partes o la exigible para un uso y fines comerciales normales.

16.2. En caso de concurrir cualquier defecto aparente o falta relativa al aspecto externo de los Productos entregados, el Comprador deberá notificarlo a FITÓ en el plazo máximo de los ocho (8) días naturales siguientes a la fecha de entrega. Por su parte, las reclamaciones que versen sobre vicios ocultos deberán ser notificadas en el plazo máximo de los ocho (8) días naturales siguientes a la fecha en que dichos defectos sean detectados.

16.3. Dichas notificaciones deberán remitirse por escrito e incluir los datos de envío (número de lote de las semillas, identificación del albarán de entrega y de la factura correspondiente), así como una exposición clara de los motivos de la reclamación, de forma que FITÓ o un tercero independiente pueda realizar la oportuna verificación. Transcurrido el referido plazo sin que el Comprador hubiese notificado ningún defecto, se entenderá que ha recibido los Productos a su entera satisfacción, exonerando a FITÓ de cualquier responsabilidad por los mismos.

16.4. En ningún caso el Comprador estará facultado para retornar los Productos a FITÓ sin el previo consentimiento expreso de ésta.

16.5. Recibida en tiempo y forma la notificación por parte de FITÓ, ésta procederá a realizar una verificación sobre los Productos en cuestión, o encargarla a un tercero independiente, pudiendo optar libremente por la sustitución de los mismos o por el abono del precio pagado por ellos por el Comprador, en caso de confirmase la existencia de los defectos alegados por éste. Estas formas de saneamiento serán el único remedio del Comprador en caso de falta de conformidad con los Productos, por lo que quedan expresamente excluidas cualesquiera otras acciones y derechos del Comprador frente a FITÓ por este motivo.

17. Suspensión y resolución del contrato

17.1. En caso que cualquiera de las Partes incumpliera las presentes CGV, y dicho incumplimiento persistiera durante el plazo de treinta (30) días naturales tras haber sido requerido por escrito el cumplimiento por la otra Parte, la Parte cumplidora estará facultada para suspender o resolver definitivamente la ejecución del Contrato, sin que ello dé lugar a indemnización alguna a favor de la Parte incumplidora, y todo ello sin perjuicio de la facultad para reclamar la indemnización que corresponda por los daños y perjuicios causados por dicho incumplimiento.

17.2. FITÓ no estará obligada a formalizar un Contrato inicial o Contratos futuros con el Comprador, quedando expresamente facultada para aceptar o rechazar cualquier orden de pedido sin que ello pueda dar lugar, a favor del Comprador, de reclamación o compensación alguna.

18. Ventas de exportación

18.1. Junto con la aceptación de la Oferta o la orden de pedido, el Comprador deberá informar a FITÓ acerca de la documentación, especificaciones e información exigidas por la normativa aplicable específica del país de destino de los Productos, así como de cuántos trámites resulten necesarios para llevar a cabo la entrega de los mismos (certificaciones, documentos de importación, requisitos fitosanitarios, facturas, etc.).

18.2. En caso de que el Comprador no proporcione toda la información referida en el punto anterior, ésta sea defectuosa o sea proporcionada de forma tardía, FITÓ quedará exonerada de cualquier responsabilidad por el retraso o la imposibilidad en la entrega de los Productos, respondiendo el Comprador de cualquier pérdida o daño que los mismos, o FITÓ, puedan sufrir por ello.

18.3. La entrega de los Productos fuera de España se realizará siempre en la modalidad EXW (Ex Works) de los Incoterms 2020 de la Cámara de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), por lo que tanto el coste como el riesgo del transporte serán a cuenta del Comprador, salvo que expresamente se convenga lo contrario por las Partes. No obstante lo anterior, el Comprador autoriza expresamente a FITÓ para que pueda escoger y encargar el transporte de los Productos a quien considere conveniente, repercutiendo al Comprador los costes de seguro y transporte en la factura correspondiente.

19. Protección de Datos Personales:

Las Partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (“RGPD”), y con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (“LOPDyDD”), los datos personales incluidos en el Contrato y cualesquiera otros intercambiados entre las Partes serán tratados por ambas Partes con la finalidad de permitir el desarrollo y cumplimiento del Contrato, siendo la base legitimadora del tratamiento el cumplimiento de la relación contractual, conservándose los datos durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Se hace constar que los datos no serán objeto de cesión a terceros, salvo que por imperativo legal resulte necesario.

Asimismo, los interesados podrán solicitar a la Parte correspondiente el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos. Todo ello mediante el envío de solicitud a través de correo electrónico o a través de comunicación escrita dirigida a las respectivas direcciones electrónicas o domicilios indicados en el Contrato.

El contenido de la solicitud deberá incluir: nombre y apellidos; fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento válido identificativo y, si fuera necesario, de la persona que lo represente, así como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación; detalle de la petición que se realiza; dirección a efectos de notificaciones; fecha y firma del solicitante; y documentos acreditativos de la petición que formula, si fuera necesario.
Adicionalmente, si el interesado considera que el tratamiento de los datos personales que le conciernen infringe la normativa aplicable o, sencillamente, no está satisfecho con el ejercicio de sus derechos, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de alguna de las vías siguientes: (i) A través del teléfono +34 901 100 099, o bien +34 912 663 517; (ii) a través de medios electrónicos, dirigiéndose a la web https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web; (iii) presencialmente dirigiéndose a la calle Jorge Juan, nº 6 (28001) de Madrid.

20. Independencia e integración de las cláusulas

En el supuesto de que cualquiera de las presentes estipulaciones fuera declarada nula o carente de fuerza ejecutiva por cualquier jurisdicción competente, las cláusulas o disposiciones restantes permanecerán no obstante en pleno vigor. En tal caso, las Partes se esforzarán al máximo por negociar estipulaciones sustitutivas de las declaradas nulas o carentes de fuerza ejecutiva con el fin de llevar a cabo la intención y la finalidad del Contrato y las presentes CGV.

21. Notificaciones

Salvo que las presentes CGV, el Contrato o las Partes pacten expresamente y por escrito lo contrario, todas las notificaciones o comunicaciones que deban realizarse entre las Partes se llevarán a cabo por escrito a través de cualquier medio que permita acreditar su recepción, pudiendo ser dirigidas indistintamente a la dirección postal o electrónica que cada Parte indique a tal efecto.

22. Legislación aplicable y jurisdicción

22.1. Las disposiciones del Contrato se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española.

22.2. Para la resolución de cualquier controversia que pudiera suscitarse en relación con la ejecución o interpretación del Contrato, y con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, las Partes acuerdan someterse al fuero y jurisdicción de los Juzgados de la ciudad de Barcelona.

 

Especificaciones de las semillas hortícolas

El cultivo de plantas hortícolas se ha convertido en una actividad altamente especializada e intensiva. Por ello existe una demanda creciente de material de élite (plantas o semillas) de la máxima calidad.
La semilla es un producto natural vivo donde su valor final está influenciado por las condiciones del entorno. Por ello es difícil suministrar información detallada sobre la germinación y otras características físicas de las semillas. Para cumplir con las exigencias de nuestros clientes, Semillas Fitó S.A., ha adoptado las siguientes
definiciones:

Semillas normales

Son las que no han experimentado ningún tratamiento especial y se venden, según el caso, al peso o por unidades. Estas semillas “estándar” cumplen las reglas y normas CE.

Semillas de precisión

Se llaman semillas de precisión a aquellas que han experimentado tratamientos especiales, tienen un calibre uniforme y una alta germinación. Se venden por unidades.

Características de la Semillas de precisión:

Especie              Germinación (%)             Pureza Varietal (%)
Berenjena             90                                     98
Calabacín             92                                       97
Melón                     90                                     98
Pepino                    92                                      99
Pimento                 90                                     97
Tomate                   92                                      98
Sandía                     90                                     98
Sandía sin semillas 85                                   98

Peliculado

La semilla se recubre con una fina película pigmentada. La forma original de la semilla se mantiene intacta. Con el peliculado se pueden añadir otros ingredientes adicionales. El peliculado con un insecticida debe, obligatoriamente, ser coloreado y se identifican por un código de colores. Las semillas peliculadas se venden por
unidades.

Pildorado

Consiste en recubrir la semilla de una capa protectora, con el fin de conseguir una uniformidad de tamaño y forma que facilite la siembra. Se pueden añadir, igualmente, otros ingredientes. Las semillas pildoradas se venden por unidades.

Priming

Se define como un proceso de activación de la germinación con el fin de obtener una emergencia más rápida y uniforme tras la siembra. Las semillas con priming se venden por unidades.

Germinación

Los niveles de germinación están determinados según las reglas y tolerancias de la ISTA·, y son válidos en el momento de la entrega del material.

Definiciones de los términos que describen la reacción de plantas frente a plagas o
enfermedades

Imunidad

No sujeta al ataque o infección de una plaga o enfermedad específica.

Resistencia

La capacidad de una variedad para restringir el crecimiento y desarrollo de una plaga o enfermedad específica y el daño que estas causan cuando se comparan con variedades sensibles, bajo condiciones medioambientales y presiones similares de plaga o enfermedad.
Las variedades resistentes pueden mostrar algunos síntomas o daños de la enfermedad bajo una fuerte presión de la plaga o enfermedad.

Se definen dos niveles de resistencia:

Resistencia Alta (HR): Las variedades limitan el crecimiento y desarrollo de la plaga o enfermedad específica bajo una presión normal de la enfermedad o plaga, cuando se compara con variedades sensibles. Sin embargo puede que estas variedades
muestren algunos síntomas o daños de la enfermedad bajo una fuerte presión de la plaga o enfermedad.
Resistencia Intermedia (IR): Las variedades limitan el crecimiento y desarrollo de la plaga o enfermedad específica, pero pueden mostrar una mayor cantidad de síntomas en comparación con variedades altamente resistentes. Las variedades con resistencia intermedia mostrarán, de todas formas unos síntomas o daños de
la enfermedad menores que las variedades sensibles, cuando se cultivan bajo condiciones medioambientales y/o presión similares de la plaga o enfermedad.

Sensibilidad

La incapacidad de una variedad de limitar el crecimiento y desarrollo de una plaga o enfermedad específica.

Tolerancia

Capacidad de la planta de soportar estreses abióticos sin serias consecuencias para su crecimiento, apariencia y rendimiento.

Terminología en materia de resistencias

La información sobre las resistencia varietales utilizadas en los códigos de resistencias se basan en tests realizados bajo condiciones controladas con biotipos, patotipos, razas o cepas conocidos y descritos de la plaga o enfermedad.
Cabe destacar que, en la práctica, el nivel de resistencia de una variedad a ciertas plagas o enfermedades puede verse influenciado por ciertos factores como la edad de la planta afectada, la presión de la plaga o enfermedad, su virulencia y unas condiciones medioambientales adversas.
Por otra parte, pueden aparecer nuevos biotipos, patotipos, razas o cepas de plagas y enfermedades nuevas o no descritas y superar de forma parcial o total la resistencia varietal indicada.
Si en un código de resistencia de una determinada variedad se mencionan ciertos biotipos, patotipos, razas o cepas de determinadas plagas o enfermedades, esto significa que dicha resistencia no es válida para otros biotipos, razas o cepas de la misma plaga o enfermedad.
Si en un código de resistencia no se mencionan los biotipos, patotipos, razas y cepas de una plaga o enfermedad hacia la que se da la resistencia, esto significa que no  existe una clasificación mayoritariamente aceptada para los biotipos, patotipos, razas y cepas de dichas plagas y enfermedades. En estos casos, la resistencia es válida únicamente para ciertos biotipos, patotipos, razas y cepas sin mayor especificación de los mismos.

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